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RUBRO: (Apellido Paterno, Materno,
Nombre): Perez Equis
Juan. (Actor) VS Deudor Alimentario _________ (Demandado) Juicio : Alimentos EXP: No 500000/ 2010. C.
JUEZ ____________ CIVIL EN
EL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E. C._______________________________, mexicana (o), mayor
de edad, por mi propio derecho y en nombre y en representación de mi(s) menor(es) hijo (os) de nombre (s) ____________________________________
de apellidos ______________________________ ______________________________,
ante ud. comparezco a fin de: E X P
O N E R Que
por medio del presente escrito estando en tiempo y forma, con fundamento en
lo dispuesto por el artículo 253 del código de proceder del Estado de Tabasco,
respetuosamente vengo a INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN en contra de los
acuerdos, autos y resoluciones dictados durante la audiencia de pruebas
celebrada con fecha ________________________, En virtud de que el mismo causa
los agravios que hago valer en este ocurso. A efecto de cumplimentar las
disposiciones legales, señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de
citas, notificaciones y documentos el ubicado en ______________________ ABOGADOS: Autorizando para oírlas y recibirlas en
mi nombre, así como para exhibir, recibir y recoger toda clase de documentos
y valores, aún los de carácter personal a los señores abogados : ____________________________ ____________________________ PASANTES autorizando para tales efectos a los
pasantes de la Licenciatura en Derecho, ____________________________ ____________________________ Señalando como constancias para
integrar el testimonio de apelación la referida audiencia de fecha
________________ , así como los escritos en que se
exhiben los pliegos de posiciones, los propios pliegos de posiciones
exhibidos por la parte actora y la parte demandada, la demanda, la
contestación a la misma y el escrito de esta parte que contesta la vista a
las excepciones producidas por la demandada presentado y sellado por este H.
Tribunal con fecha _____________________ . Continuando con la impugnación
de cuenta, me permito manifestar las lesiones jurídicas que me causa el auto
que se combate, se contienen en los siguientes: A
G R A
V I O S PRIMER AGRAVIO. FUENTE DEL AGRAVIO: El punto de
acuerdo de la referida audiencia de __________________________ , , el cual es
del tenor siguiente: “La
ciudadana juez procede a calificar el pliego de posiciones calificándolas de legales de la primera a
la novena, de la décima primera a la vigésima, vigésima segunda, vigésima
cuarta, vigésima quinta, vigésima séptima y vigésima octava, desechándose la número décima, vigésima
tercera y vigésima sexta por ser insidiosa, vigésima primera por ser la misma
de la posición vigésima, vigésima novena por no ser materia de la litis,
además de que la confesional no es prueba idónea para el reconocimiento de
firma, lo anterior de conformidad con los artículos 252, 253 y 254 del código
procesal civil vigente…” Preceptos Legales Violados: Los artículos 253 y 227 del
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN. Se viola en perjuicio de mi
representada el dispositivo 253
del Código Procesal que dispone que las posiciones deben referirse a hechos
propios que sean objeto del debate, siendo que en el presente caso, que es
juicio de pensión alimenticia a favor de la menor __________________________
, y __________________________ , se actualiza la petición de alimentos a
favor de la primera y la regulación proporcional de los gastos alimentarios a
favor de la segunda, donde el demandado afirma en su contestación que se
encuentra al corriente del pago por que dice que da una pensión alimenticia
para otro hijo de las partes de nombre __________________________, de manera
que en cuanto a la posiciones desechadas, la décima : “Que la menor hija nacida del concubinato de
nombre ______________________, jamás ha tenido una pensión alimenticia a
su favor.”,
resulta imprescindible para demostrar la conducta de omisión en que ha
incurrido el demandado desde que nació la menor citada, la cual nunca ha
recibido de su padre lo correspondiente a una pensión alimenticia; hecho
negativo del que se carece de otro medio probatorio que pueda acreditarlo en
virtud de su propia naturaleza, máxime cuando nuestro código civil establece
la naturaleza de los hechos que tienen consecuencias jurídicas tal como
dispone el artículo 1874.- Concepto de hecho jurídico: “Hecho
jurídico es todo acontecimiento realizado con o sin participación o acción
del hombre, que sea supuesto por una norma jurídica, para producir consecuencias
de derecho, consistentes en crear, transmitir, modificar, conservar o
extinguir derechos o deberes jurídicos o situaciones jurídicas
concretas.” De
tal manera que no existe otro medio de acreditar la falta de cumplimiento de
esa pensión en el tiempo, pues es claro que en los asuntos donde se reclama
pensión alimenticia, se reclama el incumplimiento de una obligación de dar y
que dicho incumplimiento deviene de una o varias omisiones que resultan ser
de tracto sucesivo, ahora bien, el uso de la voz “jamás” implica
omisión continua y permanente en el contexto en el que fue formulada y dicho
contexto en ninguna forma es tendencioso a confundir la inteligencia del
absolvente, pues únicamente se trata de establecer una omisión continua, permanente,
persistente y vigente hasta hoy. De la misma forma es de señalarse que no hay insidia en la posición
formulada, ya que en ninguna manera se
trata de ofuscar la inteligencia del absolvente y obtener una respuesta
distinta de la realidad; el vocablo insidia según la real academia significa:
“asechanza, palabras o acción que envuelven mala intención”, y en
ninguna manera se tiene mala intención, pues se trataba de acreditar una
omisión extendida en el tiempo y vigente hasta el momento en que se celebró
la audiencia e incluso hasta hoy. Además el A quo tiene facultades
suficientes y bastantes para determinar si el absolvente de acuerdo a su
instrucción, grado de estudios y preparación, puede comprender o no la
pregunta y en su caso explicarla. Igual
razonamiento lógico jurídico es de aplicarse respecto al desechamiento de la
posición VIGÉSIMA TERCERA “Que el absolvente jamás ha cubierto los
costos de colegiatura de su menor hija de nombre __________________________ , .” Y VIGÉSIMA SEXTA: “Que nunca ha pagado por el lavado y
planchado de su ropa.", puesto que dicha posición va encaminada a
demostrar en su caso si el demandado colabora o no, con sus gastos
personales, como el cuidado de su ropa. Respecto del uso de las voces “jamás” y
“nunca” la corte ha emitido jurisprudencia firme, la que
aún cuando es para otra materia distinta a la familiar, es aplicable la
lógica del razonamiento visible en el registro No. Registro: 190.108, Materia(s): Laboral, Novena Época,
Instancia: Segunda Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su
Gaceta, Tomo: XIII, Marzo de 2001, Tesis: 2a./J. 11/2001, Página: 119. POR LO EXPUESTO Y FUNDADO ANTE
USTED: C. JUEZ DE LO FAMILIAR;
Atentamente pido: ÚNICO:
Tener por presentado el recurso de cuenta con tantas copias como se
requieren, expresando los agravios que se hacen valer, para que previos
trámites de ley, se revoque y modifique la parte específica del auto que se
impugna, ordenándose dar la entrada
que corresponda a la demanda y sus consecuentes efectos legales sobre
alimentos provisionales y definitivos en su caso para la suscrita. PROTESTO LO NECESARIO. ______________________________________ PROMOVENTE
México Distrito Federal a los cinco días de Mayo de
2010. |
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Mexicana. Si lo requiere mande su correo a la dirección fidelep@hotmail.com
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COMENTARIOS RELEVANTES: -El presente documento
solo es una guía o indicativo de lo más importante de una demanda o
escrito judicial de este tipo, sin embargo, cada caso es diferente y debe
estudiarse ampliamente antes de elaborarse la demanda que corresponda. - Donde aparecen líneas
debe llenarse el espacio con los datos proporcionados por las partes en
litigio. - Lo escrito en color ROJO debe
ser sustituido por los datos correctos, pues solo se presenta a manera de
ejemplo. - Deben verificarse los
fundamentos legales para cada escrito, y usar el correspondiente según la
materia y localidad de que se trate, también se puede fundamentar con base en
el artículo 8 Constitucional de manera genérica. Se recomienda enriquecer el
escrito con Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. -Considere la
importancia que tiene una demanda de este tipo así como el beneficio que se
busca obtener en favor propio o de un cliente o amigo. Por lo tanto: • Dedique el tiempo que sea necesario a
la obtención de datos y análisis de la información, así como la búsqueda del
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observe minuciosamente los diversos datos que debe introducir en cada escrito
o demanda y haga un análisis exhaustivo de la legislación aplicable en su
Estado y la Jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la
Nación Mexicana • Complemente el conocimiento de los
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