Publicado en el diario oficial El Peruano el 7 de julio de 2001
Designan miembros de la Comisión de la Verdad
RESOLUCION
SUPREMA
Nº330-2001-PCM
Lima, 6 de julio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº065-2001-PCM, publicado el 4 de junio de 2001, se creó la Comisión de la Verdad con el encargo de esclarecer el proceso, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la violación de los derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre de 2000, imputables tanto a las organizaciones terroristas como a los agentes del Estado, así como proponer iniciativas destinadas a afirmar la paz y la concordia entre los peruanos;
Que en el Artículo 4º del mencionado dispositivo se establece que la Comisión de la Verdad estará conformada por siete personas de reconocida trayectoria ética, prestigio y legitimidad en la sociedad e identificadas con la defensa de la democracia y la institucionalidad constitucional;
Que la Tercera Disposición Final del mencionado Decreto Supremo establece que los miembros de la Comisión de la Verdad serán designados dentro de los 30 días contados a partir de su entrada en vigencia;
Que mediante un procedimiento en el que han participado todos los Ministros de Estado y por acuerdo del Consejo de Ministros se han designado a los miembros de la Comisión de la Verdad;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 065-2001-JUS, el Decreto Legislativo Nº560 y en el Decreto Ley Nº25993;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar a las siguientes personas como miembros de la Comisión de la Verdad:
Dr. Salomón Lerner Febres, quien la presidirá
Dra. Beatriz Alva Hart
Dr. Enrique Bernales Ballesteros
Dr. Carlos Iván Degregori Caso
Padre Gastón Garatea Yori
Ing. Alberto Morote Sánchez
Ing. Carlos Tapia García
Artículo 2º.- La Comisión de la Verdad deberá instalarse en un plazo no mayor de 7 días calendario.
Artículo 3º.- De conformidad con lo establecido en la Tercera Disposición Final del Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM, la comisión tendrá un plazo de 90 días para elaborar y aprobar su plan de trabajo y presupuesto, organizar e instalar la secretaría ejecutiva y gestionar recursos económicos ante las entidades públicas correspondientes y las de la cooperación internacional.