EL DERECHO DE HUELGA
Escribe Virgilio Ángel Galeano
Buenos Aires, miercoles 14 de diciembre de 2011
Defender los logros y el avance del gobierno en materia social y económica, y a favor del pueblo en todo lo realizado hasta la fecha, recuperando algunos espacios perdidos no implica de ninguna manera aceptar, ni adoptar una actitud obsecuente y de apoyo incondicional. Ni siquiera Perón tuvo en su tiempo esta prerrogativa, pues la independencia de los trabajadores respecto a los poderes del Estado es un derecho histórico. A tal punto que el poder político a su tiempo busca distanciarse de lo gremial, esto es así y hace ya un tiempo que esta separación se aplica sin tapujos, a tal punto que;
Pareciera ser una costumbre reiterada en la actitud de la Presidente respecto a minimizar la historia de los trabajadores en general y sobre todo, del peronismo en particular. Escuchando el discurso de asunción del día diez de diciembre, En la Honorable Cámara de diputados del Congreso de la Nación, donde le decía al auditorio tener desconocimiento de ciertos aspectos de la Constitución de 1949, es decir la Constitución Peronista y sobre todo el tema del “Derecho de Huelga”. Es muy extraño siendo ella de raigambre peronista, desconocer los momentos más sobresalientes de la década de mayor progreso y felicidad para los argentinos y en particular los trabajadores. En su carácter de abogada no conocer a fondo la Constitución de 1949, es demasiado tendencioso.
Durante una década completa los trabajadores argentinos tuvieron el poder en sus manos. En esa década se sancionó la Constitución que aplicaba para los ciudadanos los derechos fundamentales de la transformación realizada el 17 de octubre de 1945, cuando los trabajadores decidieron ser los protagonistas de su propia historia y del desarrollo de la República Argentina.
En aquella Constitución estaban fijados los derechos de la ancianidad, de la niñez y de los trabajadores y se tomó la decisión de no plasmar en el texto constitucional como derecho, “La huelga”, porque la huelga era un derecho adquirido de todas las generaciones de trabajadores, reconocido y aprobado en todos los estratos sociales. Se había convertido en un derecho natural. Era un derecho natural, como el derecho a la vida.
En el discurso de la presidenta el día de asunción nuestra primera magistrada dejó deslizar con un sutil toque femenino, que en esa época los trabajadores no hacían huelgas.
Quienes tenemos recuerdos y la edad suficiente para haber vivido los tiempos cuando los trabajadores gobernaban, podemos decirle a la señora presidente que comete un error histórico, ocultando de modo intencionado que durante el período entre los años 1946 y 1949 se realizaron la mayor cantidad de huelgas en la historia de argentina, y luego se incrementaron las luchas hasta llegar a las ocupaciones de fábricas y de tierras, como ocurrió en 1952 en el Ingenio Ledesma. En número y cantidad de conflictos se supero a los años de mayor movilización entre 1916 a 1919.
La legalidad a la que alude la señora presidente es un derecho ganado por la lucha de los trabajadores y forma parte de la política de masas y de la tradición del movimiento obrero argentino, quien nunca entregó las banderas, ni dejó de lado el sentimiento de lucha, ni siquiera frente a la dictadura militar más feroz y sanguinaria de la historia de argentina. Pago tributo con sus vidas y resistió hasta la muerte. Este es el motivo por el cual en las épocas de represión y de dictaduras hemos vivido hechos heroicos que han conmovido hasta las piedras. Por eso la legalidad sirve a los trabajadores para que la vanguardia y las conducciones combativas puedan expandir y transmitir estas experiencias de lucha de organización y de combate al calor de la legalidad para darle protagonismo a los sectores populares.
Los períodos de legalidad sirven para que los políticos oportunistas puedan respirar una fingida atmósfera de libertad y democracia. Una vez estabilizado el gobierno de turno, de inmediato; La Libertad es retaceada permanentemente, para buscar el modo de regular y profundizar en todos los aspectos el modo de silenciar las voces de reclamo a la democracia. Los trabajadores somos los que hemos defendido con la vida el ejercicio de la democracia, porque es un proceso hacia la soberanía popular en todos los órdenes de la vida.
En la etapa peronista el elemento más destacado fue la apertura y libertad a la legalización de los sindicatos. En esa etapa los trabajadores elegían a sus dirigentes y el tipo de sindicato preferido, así fue como florecieron los sindicatos paralelos, dos y tres sindicatos por rama de producción. Fue después del peronismo cuando la burocracia sindical con ayuda de las cámaras patronales y los gobiernos antiobrero legalizó los sindicatos únicos.
Con la organización de los Comités de Delegados por Empresa crecieron para vivir a pleno la etapa de mayor libertad y democracia sindical y fue la fuerza constituida para lograr plasmar la nueva Constitución y el tan manoseado “fifty-fifty” (50-50), una de la mayores conquistas regidas en el país. Nunca más se volvió a repetir esta experiencia, lo que indica que toda propaganda de algún crecimiento económico es una mentira que nos quieran vender. Tal vez porque en el reparto de la riqueza, los trabajadores no tendrán participación.
Para corroborar lo que digo sobre la Constitución de 1949, está el Artículo 40º –
“La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados por los derechos fundamentales asegurados en esta Constitución. Salvo la importación y exportación, que estarán a cargo del Estado, de acuerdo con las limitaciones y el régimen que se determine por ley, toda actividad económica se organizará conforme a la libre iniciativa privada, siempre que no tenga por fin ostensible o encubierto dominar los mercados nacionales, eliminar la competencia o aumentar usurariamente los beneficios. Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias. Los servicios públicos pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los que se hallaran en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo determine. El precio por la expropiación de empresas concesionarios de servicios públicos será el del costo de origen de los bienes afectados a la explotación, menos las sumas que se hubieren amortizado durante el lapso cumplido desde el otorgamiento de la concesión y los excedentes sobre una ganancia razonable que serán considerados también como reintegración del capital invertido.
Es sospechoso y resulta una vergüenza el intento de esconder y subestimar el valor de la historia de los trabajadores, con el objeto de justificar exigiendo disciplina a los trabajadores para garantizar la aplicación del ajuste económico preparado para el próximo período y de este modo garantizar la continuidad de la concentración y la entrega de nuestras riquezas a manos extranjeras, sin importar las penurias que sufrirán el pueblo trabajador.
Virgilio Ángel Galeano
Secretario General
Agrupación Democracia Sindical
Vigiladores Privados de la
República Argentina
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