RESOLUCIÒN de 28 de
febrero de 1996, de la Secretaria de Estado de interior
por la que se aprueban las instrucciones para la realizaciòn de los
ejercicios de tiro del personal de SEGURIDAD PRIVADA
En virtud de las atribuciones que me confiere la
disposiciòn final segunda de la Orden de 7 de julio de 1995, previa
propuesta de la Direcciòn General de la Guardia Civil y con la
conformidad de la Comisiòn Interministerial Permanente de Armas y
Explosivos, se hace necesario dictar unas instrucciones para la
realizacion de los ejercicios de tiro obligatorios por vigilantes de
seguridad, escoltas privados, y guardas particulares del campo, asi
como la habilitacion de los directores e instructores de tiro y las
pruebas a realizar para la obtencion de licencias de armas 'C'
Por ello he tenido a bien disponer:
Primero: Se aprueban las instrucciones para
la realizacion de los ejercicios de tiro del personal de seguridad
privada, hablitacion de los directores e instructores de tiro y las
pruebas a realizar para la obtencion de licencias de armas C que
seguidamente se transcriben.
Segundo: La presente Resolucion entrara en
vigor al dia siguiente de su publicacion en el 'Boletin Oficial del
Estado'
Madrid, 28 de Febrero de 1996, La Secretaria de
Estado de Interior, Margarita Robles Fernandez
INTRODUCCION
Las presentes instrucciones se fundamentan en la
necesidad de organizar la realizacion de los ejercicios de tiro
obligatorios por vigilantes de seguridad, escoltas privados y
guardas particules de campo, asi como la habilitacion de los
directores e instructores de tiro a la que se refiere el Reglamento
de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994 de 9 de
Diciembre.
1.- Objeto
Comprobar la aptitud en la conservacion,
mantenimiento y manejo de las armas del personal aspirante para la
obtencion de la licencia de armas 'C' , necesaria para ejercer las
funciones de seguridad privada con armas y el mantenimiento de dicha
aptitud de los que ya esten en posesion de esta licencia.
Comprobar la aptitud en la conservacion, mantenimiento y manejo de
las armas y la capacidad para la instruccion y direccion de los
ejercicios de tiro del personal de vigilancia y seguridad privada,
concediendo la habilitacion para las funciones de instructor y
director de tiro, asi como el mantenimiento de dicha aptitud y
capacidad.
Comprobar el buen estado y funcionamiento de las armas y la
conservacion de la municion de dotacion.
2.-
Personal que debe realizar los ejercicios de
tiro y periodicidad
Vigilantes de seguridad que presten o puedan prestar
servicios con armas y guardas particulares del campo, un ejercicio
de tiro obligatorio al semestre (Art. 84.1 y 94 del Reglamento de
Seguridad Privada).
Escoltas privados, un ejercicio de tiro obligatorio cada trimestre
(Art. 90.5 del Reglamento de Seguridad Privada)
Los ejercicios de tiro del primer semestre y los del primer y tercer
trimestre (escoltas), se consideraran de entrenamiento. El resto de
los ejercicios seran de comprobacion de la aptitud (calificacion)
3.- Asistencia a los ejercicios de tiro y documentacion
El personal que tome parte en la realizacion de los
ejercicios de tiro de calificacion a que se refieren estas
instrucciones debera asistir a los mismos, como minimo, ocho horas
despues de la realizacion del ultimo servicio y perfectamente
uniformados los vigilantes de seguridad y los guardas particulares
del campo.
Al asistir a los ejercicios de tiro debera llevar consigo los
siguientes documentos:
Documento Nacional de Identidad en vigor
Tarjeta de identidad profesional
Licencia de armas
Guia de pertenencia del arma
Autorizacion de traslado del arma, en su caso.
La falta de alguna prenda de uniformidad o de algun
documento podra ser causa suficiente para la eliminacion del
ejercicio de tiro del personal en que concurra esta circustancia.
Este personal debera realizar el ejercicio en cualquier otra sesion
programada.
4.- Fechas
Como normal general, los ejercicios de tiro del
personal de seguridad, se realizaran:
Vigilantes de seguridad y guardas particulares del
campo:
- Primer semestre: Durante los meses de marzo, abril y mayo
- Segundo semestre: Durante los meses de septiembre, octubre y
noviembre
Escoltas:
- Primer trimestre: Durante el mes de marzo
- Segundo trimestre: Durante el mes de mayo
- Tercer trimeste: Durante el mes de septiembre
- Cuarto trimestre: Durante el mes de noviembre
Los ejercicios de tiro se realizaran en dias
laborables de lunes a viernes, ambos inclusive, en sesiones de
cuatro horas como maximo, debiendo existir entre dos sesiones
consecutivas un periodo de tiempo de dos horas como minimo
El ultimo dia de los programados para ejercicios de tiro sera
dedicado a incidencias y en este realizara los ejercicios el
personal que, por causa justificada, no haya podido asistir el dia
que tuviera señalado para efectuarlo.
Dentro de los diez dias siguientes al de incidencias, se establecera
un dia de tiro para la recuperacion de los tiradores que hayan
obtenido resultado negativo en los ejercicios.
Excepcionalmente las instrucciones recogidas en este apartado podran
ser modificadas por el Jefe de la Comandancia cuando razones
justificadas lo aconsejen, dando cuenta a la 'Secretaria General .
Direccion General de la Guardica Civil.'
5.- Lugares
Los ejercicios de tiro deberan realizarse en las
galerias o campos de tiro, propios o ajenos, de las empresas de
seguridad, autorizados conforme a lo previsto en el Reglamento de
Armas.
Donde no existan estas instalaciones, podran realizarse en los
lugares que habitualmente utilicen las fuerzas de las Unidades de la
Guardia Civil, procurando que no coincidan con los ejercicios
reglamentarios de estas.
Ante la eventualidad de que, en algunas provincias, el numero de
campos y galerias autorizados haga imposible la asistencia, a todas
ellas, del personal de la Guardia Civil, encargado de la supervision
de los ejercicios de tiro de calificacion, o incluso, por meras
razones de optimizar su rendimiento, los Jefes de Comandancia podran
rechazar, para estos ejercicios calificatorios, los lugares
solicitados por las empresas que no permitan en una sesion de
duracion maxima (cuatro horas), la realizacion del ejercicio de tiro
de un minimo de cien hombres.
En el caso en que se empleen galerias cerradas, para este tipo de
ejercicios calificatorios, sus equipos de ventilacion deben renovar
el total del aire del local un minimo de 12 veces por hora. Este
extremo se justificara mediante certificado del Ministerio de
Industria y Energia.
Igualmente los parabalas utilizados deberan estar construidos de
forma que no se produzca por rotura de los proyectiles, suspension
de particulas de plomo.
6.- Armas y
municion
Como norma general y, siempre que sea posible, cada
participante realizara los ejercicios de tiro con las armas
adjudicadas para el servicio.
En todo caso, y con objeto de comprobar su estado y funcionamiento,
en los ejercicios de tiro deberan participar todas las armas
propiedad de la empresa.
En el supuesto de que, por cualquier razon, la empresa dispusiera de
mas armas que vigilantes, las armas sobrantes deberan ser
trasladadas al campo de tiro en los ejericios de calificacion, para
su prueba por parte de los Jefes de Seguridad o intructores de tiro
(10 disparos)
7.- Solicitud, deposito y dotacion de cartucheria
Las empresas podran solicitar en cualquier fecha la
autorizacion para la adquisicion de la cartucheria que precisen,
tanto para los ejercicios de tiro y dotacion de su personal, como
para las pruebas de habilitacion del personal aspirante.
La cartucheria debera estar depositada en las sedes de las empresas
de seguridad en cajas fuertes aptas para ello o en lugares que
reunan las debidas condiciones de seguridad, a juicio del
interventor de Armas y Explosivos de la Comandancia. Las empresas
llevaran un libro-registro de altas y bajas de municion, foliado y
sellado por el interventor de Armas antes citado.
La cartucheria cuya adquisicion puede solicitar cada empresa es la
siguiente:
Ejercicios de tiro:
- Revolver: 75 cartuchos anuales por tirador
- Escopeta. 50 cartuchos anuales por tirador
- Carabina: 75 cartuchos anuales por tirador
- Pistola: 75 cartuchos anuales por tirador
- Armas sin adjudicar para el servicio: 10 cartuchos anuales por
arma
Por cada tirador con resultado negativo (para el
ejercicio de recuperacion) y por cada tirador con retirada
provisional de la licencia los mismos que para el total anual de
arma correspondiente, repartidos de la siguiente forma:
- Un ejercicio de calificacion completo
- Resto de municion para entrenamiento.
Pruebas de obtencion de licencia de armas 'C'
- 50 cartuchos por aspirante
Dotacion reglamentaria:
- 25 cartuchos por arma
Con objeto de facilitar la adquisicion de la
cartucheria que, en pequeñas cantidades puede suponer
inconvenientes, en partidas que no completen los envases, las
empresas podran redondear estas cantidades siempre que a la
finalizacion de los ejercicios anuales, el total del sobrante de
municion no sobrepase los 200 cartuchos de cada calibre.
En los ejercicios de tiro se emplearan los cartuchos de dotacion que
tienen las armas reglamentarias, siendo estos canjeados por otros
tantos de los que se hayan adquirido para los ejercicios de tiro.
8.- Calendario anual y solicitudes de las empresas
Con el fin de que las empresas de seguridad privada
puedan programar las fechas de realizacion de los ejercicios de tiro
obligatorio de su personal, en el mes de enero de cada año las
Jefaturas de Comandancia de la Guardia Civil confeccionaran, dentro
de los limites del apartado 4, el calendario anual de los ejercicios
de tiro semestrales y trimestrales, al que tendran acceso las
mencionadas empresas
Una vez conocido el calendario, las empresas podran solicitar las
plazas como minimo diez dias antes del comienzo del periodo de
ejercicios. Excepcionalmente por razones justificadas, los Jefes de
Comandancia, podran aceptar peticiones de este tipo fuera del plazo
establecido.
En dicha solicitud de fechas incluiran los lugares, propios o
ajenos, que proponen para la realizacion de los ejercicios de su
personal.
Los mandos de las Comandancias atenderan en lo posible las fechas
solicitadas por las empresas y los lugares propuestos siempre
procurando, en los ejercicios de calificacion, cumplir el concepto
de maximo rendimiento del personal designado para la supervision a
que hace referencia el apartado 5.
En todo caso, para su aceptacion, la galeria de tiro propuesta por
la empresa debera reunir los requisitos expuestos en ese mismo
apartado 5.
9.-
Asistencia sanitaria.
Tanto en galerias de tiro como en campos debidamente
autorizados, asistiran obligatoriamente los servicios sanitarios de
las empresas, para atender en primera instancia y posterior
evacuacion, si procede, a los asistentes ante cualquier accidente
que pudiera ocurrir.
Si las empresas no cuentan con servicio sanitario propio,
gestionaran su presencia, con cargo a su presupuesto, ante los
organismos o entidades que crean convenientes.
10.- Ejercicio a realizar y consumos.
Los ejercicios a realizar por los vigilantes de
seguridad privada, segun normas del anexo 1, seran los siguientes:
1.- Vigilantes de seguridad
Arma corta: Revolver 4 pulgadas calibre 38
Primer semestre:
Tiro de punteria:
3 disparos (una serie) de prueba
24 disparos (4 series de 6) puntuables
Tiro instintivo:
4 disparos (2 series de 2) de prueba
6 disparos (3 series de 2) puntuables
Total: 37 Cartuchos
Segundo semestre:
Igual que el primer trimestre, con un cartucho mas de prueba en tiro
de punteria.
Total: 38 cartuchos
Total anual: 75 cartuchos
Distancias:
Tiro de punteria: 25 m.
Tiro instintivo: 10 m.
Tiempo:
Tiro de punteria: 3 mim. por serie
Tiro instintivo: 3 seg. por serie
Blanco:
Silueta descripta en el anexo 2
Tiro de punteria: una silueta
Tiro instintivo: dos siluetas
Arma Larga: Escopeta cal. 12/70. Cartuchos 12 postas
Primer y segundo semestre:
Tiro estilo 'cazadora'
2 disparos (una serie) de prueba
10 disparos (5 series de 2) puntuables
Tiro 'desde cadera'
3 disparos (una serie) de prueba
10 disparos (5 series de 2) puntuables
Total disparos: 50 (25 por semestre)
Distancias:
Tiro'estilo cazadora': 25 m
Tiro 'desde la cadera': 10 m
Tiempo: En todos los casos 3 seg.
Blanco: En todos los ejercicios dos siluetas
Intervalo: 3 metros entre siluetas
2.- Guardas particulares del campo
Arma larga: Carabina varios calibres
Primer semestre:
Tiro de punteria:
7 disparos (2 series de 3 y 4) de prueba
30 disparos (6 series de 5) de puntuacion
Total: 37 cartuchos
Segundo semestre:
Igual que el primer trimestre, con un cartucho mas de prueba
Total: 38 cartuchos
Total anual. 75 cartuchos
Distancias:
Calibre igual o superior a 9 mm parab: 50 m.
Resto de calibre: 25 m.
Tiempo: 3 mim. por serie
Blanco: una silueta
Arma corta (en su caso): Revolver cal. 38. Igual que
los vigilantes de seguridad
3. Escoltas
Arma corta: Pistola semiautomatica del calibre 9 mm
Parabellum
En todos los ejercicios (1 por trimestre)
Tiro de punteria:
2 disparos (una serie) de prueba (2 en el primer trimestre, 3 en el
resto)
6 disparos de punteria (una serie) puntuables
Tiro instintivo:
2 disparos (una serie) de prueba
8 disparos (4 series de 2) puntuables
Total. 75 cartuchos
Distancias:
Tiro de punteria: 25 m
Tiro instintivo: 10 m.
Tiempo:
Tiro de punteria: 3 mim. por serie
Tiro instintivo: 3 seg. por serie
Blanco:
Tiro de punteria: una silueta
Tiro instintivo. dos siluetas
11.-
Clasificaciones
Se clasificara sobre impacto dentro de silueta:
Negativo: Hasta el 50 por 100 del total de disparos
de calificacion
Positivo: Mas del 50 por 100 * 16 aciertos *
Primera: Mas del 70 por 100 en todos los ejercicios anuales * 22
aciertos *
Selecto: Mas del 90 por 100 en todos los ejercicios que realice
durante dos años consecutivos (diploma segun anexo) * 28 aciertos *
Se consideran impactos dentro de la silueta todos
aquellos que la marca dejada por el proyectil toque la silueta.
A los tiradores que no alcancen resultados positivos en el ejercicio
de calificacion ni en el de recuperacion les sera suspendida
temporalmente la licencia de armas.
Los vigilantes de seguridad privada a los que se les haya suspendido
temporalmentte la licencia de armas podran prestar cualquier tipo de
servicio que no requieran la utilizacion de estas armas y se les
autoriza su asistencia a los campos o lugares de tiro, que designe
la empresa, para que, bajo la direccion de instructores habilitados,
realicen las practicas necesarias para recuperar la aptitud para
disponer nuevamente de su licencia de armas 'C'
Las pruebas de los suspendidos temporalmente de licencia de armas se
realizaran durante los ejercicios reglamentarios del semestre
siguiente, al que hubiera tenido lugar la suspension, cuando y donde
el Jefe de la Comandancia designe y, en todo caso, bajo la
supervision de la Guardia Civil.
12.- Direccion de los ejercicios de tiro
Los ejercicios de tiro, sean de entrenamiento o de
calificacion, del personal de seguridad privada, seran dirigidos por
instructores de tiro de acreditada competencia o por los Jefes de
seguridad de las empresas si estuvieran habilitados para ello.
Los ejercicios de tiro de los guardas particulares del campo que no
esten encuadrados en una empresa de seguridad seran dirigidos por
instructores dependientes de su empresa o contratados por esta.
La competencia a que se refieren los dos parrafos anteriores debera
ser acreditada ante la Guardia Civil, mediante un examen que se
realizara en la Unidad o Centro de Enseñanza que la Direccion
General designe, sobre un programa confeccionado al efecto,
habilitandose como instructores de tiro a aquellos que lo superen
expediendo la acreditacion correspondiente (anexo 4)
Esta habilitacion permite a sus titulares la utilizacion eventual de
cualesquiera de las armas participantes en los ejercicios,
exclusivamente a efectos de comprobacion de su buen estado de
funcionamiento, adiestramiento de tiradores y realizacion de las
pruebas de aptitud, y precisamente en los lugares destinados a ello,
independientemente de que, por sus circustancias personales, puedan
poseer algun tipo de licencia.-
La funcion de estos instructores, que podran o no pertenecer a las
empresas, sera dirigir las practicas y perfeccionamiento en el
manejo de las armas del personal de seguridad privada, comprobar que
se realizan los ejercicios con arreglo a las normas, atediendo las
interrupciones que se produzcan, comprobar y anotar los resultados y
en general todo lo que implique el buen desarrollo de los ejercicios
de tiro.
Con objeto de poder llevar a cabo esa funcion de control, las
empresas de seguridad deberan nombrar para los ejercicios de tiro un
instructor por cada grupo de diez tiradores o fraccion.
Las lineas de tiro tendran como maximo treinta tiradores, realizando
la funcion de director de tiro cualquiera de los instrucotres
encargados de cada grupo, sin que por ello abandone las funciones
propias de este.
Cuando en una linea de tiro coincida personal de distintas empresas,
las funciones de director de tiro se prestaran por turno entre los
instructores
Sin perjuicio de la limitacion de hombres por linea de tiro, cuando
los medios y dimensiones del campo lo permitan, podran formarse
tantas lineas como considere conveniente, actuando cada una de ellas
con su director de tiro e instructores correspondientes.
Los instructores de tiro anotaran, por duplicado, en las relaciones
de los asistentes, las puntuaciones obtenidas facilitando una de las
copias, por medio del Jefe de seguridad de la empresa, o en mano si
estuviese presente, al supervisor de la Guardia Civil.
Asimismo, en los ejercicios calificatorios, confeccionar una
relacion de las armas sin adjudicatario para anotar los resultados
de pruebas de fuego, facilitandole una copia al supervisor de la
Guardia Civil.
La habilitacion de los instructores de tiro podra ser retirada o
suspendida cuando, a juicio del personal de la Guardia Civil que
realiza las labores de supervision, los interesados no lleven a cabo
su labor con suficiente competencia y cuando falseen o permitan
falsear, total o parcialmente, las normas de realizacion de los
ejercicios o las puntuaciones obtenidas
En los casos de suspension de la habilitacion por insuficiente
competencia podra obtenerse de nuevo demostrando en el siguiente
ejercicio de calificacion que se ha recuperado la aptitud. En el
caso de que no fuera asi, dicha habilitacion debera obtenerse
mediante la realizacion de todos los tramites necesarios para su
obtencion.
En los casos de retirada de la habilitacion del instructor por
falsear o permitir falsear, total o parcialmente, los datos, los
resultados de la realizacion de los ejercicios o las puntuaciones
obtenidas, unicamente podra obtenerse de nuevo esta habilitacion
mediante la realizacion de todos los tramites necesarios para su
obtencion.
Las suspensiones, que llevaran consigo la retirada de la
acreditacion, seran acordadas por los Jefes de Comandancia a
propuesta razonada de su personal supervisor y comunicada a las
empresas a que pertenezcan o hubieren contratado sus servicios.
13.-
Cartillas de Tiro
Al concederse la licencia de armas al personal de
seguridad privada, se entregara tambien la cartilla de tiro (segun
modelo anexo 5), debidamente diligenciada, que sera personal e
intransferible. Estara en poder de la empresa y sera entregada a su
titular al causar baja en la misma.
Los Jefes de seguridad anotaran en las cartillas de tiro, los
resultados obtenidos por los vigilantes, que habran recibido de los
instructores en las relaciones de participantes, remitiendolas en el
plazo maximo de diez dias al supervisor de la Gurardia Civil para
que les sea estampado el visto bueno.
En el supuesto de que haya recibido de los instructores, las dos
copias de relaciones con los resultados, por no haber sido
entregadas en mano en el momento del ejercicio. remitira una de
ellas de inmediato al supervisor.
14.-
Material y gastos
Los medios materiales para la realizacion de los
ejercicios de tiro (siluetas, soportes, parches, etc.) y los campos
o galerias seran gestionadas por las empresas y a sus expensas.
Exactamente igual se procedera con el personal que consideren
necesario contratar para auxiliar al de plantilla en el desarrollo
de los ejercicios, bien sean instructores de tiro, auxiliares para
colocar blancos, transporte de personal y medios, etc.
15.-
Supervision de los ejercicios de tiro
El Jefe de la Comandancia designara al personal que
supervisara los ejercicios de tiro.
A los supervisores corresponde :
- Asistir a todos los ejercicios de calificacion y a los de
entrenamiento cuando lo consideren conveniente, sin aviso previo a
las empresas.
- Comprobar que los ejercicios se realicen de acuerdo con las
instrucciones.
- Evaluar la actuacion de los instructores de tiro en sus funciones,
incluida la de directores de tiro.
- Verificar las documentaciones de los asistentes al ejercicio, asi
como la habilitacion de los instructores.
- Dar el visto bueno a las cartillas de tiro de los asistentes,
cuando se haya consignado por las empresas el resultado de los
ejercicios.
- Dar cuenta al Jefe de la Comandancia de los tiradores que han
obtenido resultado negativo y de aquellos, en que proceda la
suspension temporal de la licencia de armas.
- Hacer propuesta razonada, a los Jefes de la Comandancia, de las
causas que consideren suficientes para la suspension temporal o
definitiva de la habilitacion de los instructores de tiro.
- Evaluar el nivel de adiestramiento en el manejo de las armas del
personal asistente.
- Comprobar el buen estado de funcionamiento de las armas y la
conservacion de la municion de dotacion.
16.- Examenes para la obtencion de licencias de
armas
1.-
Condiciones generales
Tendran lugar con la periodicidad que requieran las
circustancias, y por lo menos una vez al mes, siempre que haya
aspirantes, en las cabeceras de las Comandancias y en lugar que los
Jefes de estas designen.
Como quiera que para la obtencion de la licencia de armas 'C'
deberan los aspirantes acreditar su condicion de vigilante de
seguridad o asimiliado (articulo 121 R.A:), las empresas, entidades
u organismos en que presten sus servicios seran los encargados de
facilitarles las armas y municion necesarias para su formacion y
examen de obtencion de dicha licencia.
Constara de tres pruebas eliminatorias con el orden siguiente:
Conocimiento y manejo del arma
Ejercicio practico de tiro
Ejercicio escrito
2.- Condiciones particulares para el ejercicio de tiro.
Para vigilantes de seguridad:
Revolver:
2 disparos (una serie) de prueba
8 disparos (2 series de 4) de calificacion
Distancia: 25 metros
Tiempo: 3 minutos por serie
Blanco: una silieta
Apto: Mas del 50 por 100 de impactos en silueta * 5 Aciertos *
Para guardas particulares del campo:
Carabina:
3 disparos (una serie) de prueba
12 disparos (3 series de 4) de calificacion
Distancia:
50 m. para calibre igual o superior a 9 mm parab.
25 m resto de calibres
Tiempo: 3 minutos pro serie
Blanco: una silueta
Apto: mas del 50 por 100 de impactos en silueta * 7 aciertos *
3.- Tribunales
La Comandancia de la Guardia Civil receptora de
solicitudes de licencia 'C', dispondra el nombramiento de un
tribunal que examine a los aspirantes de los conocimientos
teorico-practicos.
A los examenes de los aspirantes sera obligartoria la asistencia de
instructores de tiro, para el cumplimineto de las funciones de los
ejercicios de tiro, siendo validas todas las consideraciones
generales expresadas por ellos, que no contravengan lo
especificamente señalado para estos examenes.
17.-
Otras consideraciones
Hasta tanto no se habiliten instructores de tiro que
asuman las funciones que se indican en la presente instruccion,
estas podran ser realizadas por el personal de la Guardia Civil,
debidamente autorizado, que realiza las funciones de supervision.
En todo caso, las empresas podran utilizar personal, propio o ajeno,
que ejerza provisionalemte labores de instructores, siempre que a
juicio del supervisor asistente, acredite formacion suficiente para
ello.
ANEXO I
Normas generales de ejecucion de los ejercicios
Las normas que a continuacion se expresan no son una
descriopcion exhaustiva de todos los aspectos que abarcan un
ejercicio de tiro.
Son simplemente una somera exposicion de elementales medidas a segur
para la seguridad de los intervinientes en los ejercicios de tiro y
quem por otra parte, son conocidas por cualquier persona de
acreditada competencia para dirigir practicas de tiro, a que hace
referencia el Reglamento de Seguridad Privada
Para facilitar la compresion de las normas generales de ejecucion de
los ejercicios, a continuacion se definen algunos de los conceptos
utilizados.
Linea de blanco: La que forman las siluetas
Linea de Tiro: La que forman los tiradores.
Distancia de tiro, o simplemente distancia: La existente entre la
linea de tiro y los blancos.
Ordenes de tiro: Todas aquellas instrucciones, voces o señales que
los instrucotres o directores de tiro, expresen para mandar o
coordinar los ejercicios de tiro.
Serie de disparos o 'serie': Numero de disparos que se efectuan de
forma ininterrumpida, sin varias las situaciones de tiradores y
blancos, y sin ordenes o instruciones intermedias del director de
tiro.
Tiempo de ejecucion o 'tiempo': El qie se designe para realizar cada
serie
Posicion de tiro: Postura que adopta el tirador en el momento de
hacer fuego
Posicion de tiro 'a la cazadora' (escopeta): Peculiar posicion
derivada, como su nombre indica, del deporte cenegetico. Consiste,
esquematicamente, en llevar el arma al apoyo del hombro y
adelantando el pie contrario con flexion de su pierna
correspondiente, inclinar levemente el cuerpo hacia delante.
Posicion de tiro 'desde la cadera' (escopeta): Basicamente consiste
en llevar el arma a la cadera correspondiente a la mano que sujeta
por la empuñadura, manteniendo las piernas semiabiertas, ligeramente
flexionadas y el cuerpo sensiblemente enfrentado al blanco.
Posicion de partida: Posicion previa al momento de inicial el fuego,
Se utiliza normalmente para unificar movimientos en los
entrenamientos, comprobacion de las armas, accion de cargar y
descargar, etc.
Posicion de partida 'de guardia baja' (arma corta): Posicion en la
que el tirador, enfrentado al blanco empuña el arma apuntando al
suelo y con el brazo en un acgulo aproximado de 45 grados respecto a
la vertical del cuerpo.
Posicion de 'prevengan' posicion de partida en arma larga (carabina
y escopeta): Simplificando esta posicion consiste en que el tirador,
enfrentado al blanco, sostiene con ambas manos por delante del
pecho, paralela al plano del cuerpo, inclinada unos 45 grados
respecto a la vertical y con el cañon hacia arriba
Normas de
ejecucion
Armas cortas
Situados los tiradores en la linea de tiro, los
instructores ordenaran adoptar la posicion de guardia baja,
descargar las armas y comprobar las recamaras. En esta posicion
examinara las armas e indicara algunos ejercicios de tiro simulado
para comprobar la soltura y destreza en el manejo de ellas.
Finalizada esta fase, ordenara cargar las armas con el numero de
cartuchos de prueba y devolverlas a las fundas, para una vez toda la
lina este en esta situacion iniciar el ejercicio propiamente dicho.
Para iniciar el ejercicio, el director de tiro dara la orden de
propararse para hacer fuego. Al recibirla los tiradores extraeran el
arma de la funda y se situaran en posicion de guardia baja y
disponiendo las armas para hacer fuego (montandolas, retirando los
seguros, etc.).
Pasado un tiempo prudencial, y siempre observando si los tiradores
estan preparados, el director de tiro anunciara, describiendolo, el
ejercicio que se va ha hacer. Esta descripcion incluira si es prueba
o serie de puntuacion (con el ordinal correspondiente), numero de
diparos, distancia, tiempo disponible y numero de siluetas. A
continuacion dara la orden de fuego verbalmente o con señal acustica
(o de otro tipo) convenida previamente.
Al recibir la orden, los tiradores levantaran el arma y dispararan
los cartuchos correspondientes a la serie, en el tiempo indicado.
Los tiempos de fuego podran ser limitados con blancos moviles o con
voces o señales acusticas (o de otro tipo) convenidas.
Finalizadas las series, los tiradores volveran de nuevo a la
posicioon de guardia baja. En esta posicion el director de tiro dara
la orden de cargar los cartuchos necesarios para la serie siguiente
y mandara guardar las armas y dirigirse a los blancos, en su caso.
Despues de la serie de prueba y de las de puntuacion, los tiradores
se aproximaran a los blancos hasta una distancia que permita la
observacion de los impactos, pero sin que puedan llegar a tocarlos,
hasta que no se de la orden de parchear.
El parcheo se realizara despues de que los instructores hayan tomado
nota de las puntuaciones obtenidas.
Respetando las posicions de partida, guardia baja, distancia de
tiro, los tiempos indicados para el fuego en ejercicio y el numero
de cartuchos por serie, el resto de posibilidades tales como
posicion de tiro, empuñamiento, modalidad (doble o simple accion),
etc. son totalmente libres a iniciativa del instructor de tiro o, si
este no indica nada, del tirador.
Armas Largas
Todas las consideraciones expuestas para el arma
corta son validas para el arma larga, excepto:
Posicion de guardia baja que sera sustituida por la de 'prevengan',
en todas las armas largas.
Posicion de tiro libre que, en el caso del tiro de escopeta, sera la
de 'a la cazadora' o 'desde la cadera' segun corresponda al
ejercicio |